Pagos fraccionados del IS (2025)
Su empresa debe presentar el primer pago hasta el 21 de abril.
Si su empresa calcula sus pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades según el sistema de cuotas, recuerde que al efectuar el pago a cuenta de este mes de abril deberá satisfacer el 18% del importe de la cuota a ingresar (casilla 599) de la última declaración del Impuesto sobre Sociedades que haya presentado (en general, será la del ejercicio 2023 si su ejercicio coincide con el año natural). En los pagos a cuenta de octubre y diciembre, deberá tomar como referencia la cuota a ingresar correspondiente al ejercicio 2024.
Si su empresa calcula sus pagos fraccionados según el sistema de bases, el tipo de gravamen aplicable en dichos pagos en 2025 dependerá de su cifra de negocios del año pasado:
- En general, deberá satisfacer el 17% de la base imponible obtenida en el período de referencia de cada pago a cuenta (por ejemplo, en el pago a cuenta de abril, la base imponible obtenida entre enero y marzo de 2025), descontadas las retenciones soportadas en dicho período.
- Si la cifra de negocios de su empresa –o la cifra de negocios consolidada de su grupo, si pertenece a uno– fue inferior a un millón de euros en 2024, dicho porcentaje será de sólo el 15%. Ése es el porcentaje que corresponde a las empresas que facturan menos de un millón de euros y que en 2025 tributan en el Impuesto sobre Sociedades a un tipo del 21% por los primeros 50.000 euros de base imponible y al 22% por el resto (5/7 del tipo de gravamen redondeando por defecto).
- Si en 2024 facturó diez millones de euros o más, el tipo aplicable será el 24%. En cualquier caso, recuerde que deberá ingresar al menos el 23% del resultado contable acumulado.
Le ayudaremos a liquidar los pagos fraccionados de su empresa según el sistema de cálculo que le sea aplicable.
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